Por las razones expuestas, éste Tribunal Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, y en consecuencia queda DISUELTO el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos: LUIS ALFREDO ODUBER SANTANA y VIRGINIA PEREIRA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.482.906 y V-10.583.231 respectivamente, contraído el día 10 de Febrero de 1989, por ante el Juzgado Tercero de Parroquia del Distrito Federal, Circuito Judicial Nº 2, actualmente Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.