Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por los solicitantes ciudadanos: HUMBERTO EMILIO VARGAS BLANCO y OSIRIS DEL VALLE QUINTANA RODRIGUEZ, ampliamente identificados, esté Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías, descritas anteriormente, ubicada en el lugar denominado Calle Nueva Los Dos Cerritos, Tercera Calle La Bonanza, Prolongación 10 de Marzo, al lado de la Escuela "Hugo Domínguez Sánchez, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, a favor de los ciudadanos antes mencionados, dejando a salvo el derecho de terceros. Y cumplida como ha sido, devuélvase original con sus resultas a los solicitantes y déjese copia para el Archivo del Tribunal, todo ello de conformidad con lo establecido .....