SE DICTÓ MEDIDA PROVISIONAL DE Custodia del niño (Cuya identidad se omite por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de cinco (05) años de edad, en el hogar de su progenitor, ciudadano SERGIO LUIS ALCALDE BARRIOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.235.914, mientras se decida la presente causa, todo ello conforme a lo establecido en el Parágrafo Primero literal "C "del artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.