Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a la ciudadana ANA LUIDA GARCÍA DE BADILLO, mayor de edad, venezolana, viuda, titular de las cédula de identidad número V- 3.889.114, así como a sus hijos OMAIRA IGNACIA BADILLO DE NAVARRO, XIOMARA RENATA BADILLO ZAMBRANO, YEINE ISABEL BADILLO DE CERRA, DOUGLAS HUMBERTO BADILLO GARCÍA, THAIS OCTAVIA BADILLO DE LEON, YANIEL ROSARIO BADILLO GARCÍA, y PABLO JOSÉ BADILLO GARCÍA (fallecido), venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.095.697 V-5.095.687, V-5.095.713, V-6.495.643, V-6.467.580, y V-6.485.299, respectivamente, con respecto a su causante PABLO SIMÓN BADILLO POLEO, dejando a salvo el derecho de terce.....