Este Tribunal Administrando
Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que
me confiere la Ley Declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de
conformidad con el Artículo 185 del Código Civil en concordancia con la
Sentencias N° 1070, de fecha 09/12/2016 dictada por la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO
MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos: LILIBETH ALCALA DE PEREZ Y
GERMAN LUIS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas
de Identidad Nros. V-11.555.972 y V-12.459.273; respectivamente, contraído ante
el Juzgado de Municipio de la Parroquia Carayaca de la Circunscripción Judicial
del estado Vargas, hoy estado la Guaira, en fecha Doce (12) de Marzo del año
Dos Mil Uno (2001). Ofíciese a los Organismos Competentes una vez quede
definitivamente firme la presente decisión, remitiendo copia certificada de la
misma, a los fines legales consiguientes.