DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, de fecha 24/03/2010, en la que decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados JHOAN ANTONIO VARGAS MONTILLA y ÁNGEL YORDANO SALAZAR MADRIZ, pero por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, ello por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en los artículos 250 y 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, de fecha 24/03/2010, en la que decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados JHOAN ANTONI.....