SE DICTA SENTENCIA Y SE DECLARA, CON LUGAR la solicitud de divorcio y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos: GEOLGINA TOVAR DE CARREÑO Y REGIS DEL CARMEN CARREÑO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.457.942 Y 1.456.221, respectivamente,, contraído el día 09 de diciembre de 1968, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas.