PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y LAS PRUEBAS promovidas en contra de la imputada CRUZ NELSY ANDREINA, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio, Estado Mérida, nacido el día 30-06-1987, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-18.762.488, hijo María Antonia Cruz (v), de estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en Rubio, El Poblado, calle principal, vereda 4, casa S/N, en la misma cuadra de la Bodega del Señor José, teléfono: 5176504, Estado Táchira, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 452, numeral 8, en concordancia con el artículo 82 del Código Penal; cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria y en la exposición realizada por la Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánic.....