En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano JHOYNER ENRIQUE ROJAS FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.946.483, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 06-03-1982, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Machiques de Perija, Tinaquillo, casa s/n, cerca del campo de béisbol, Maracaibo estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DIAS, en relación con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la.....