Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ MARTÍN y EMILY CIRA PAREJO HIDALGO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6799.786 y V-11.635.453, respectivamente, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 18 de Julio de 2004, contraído por ante el Registro Civil del Cuarto Circuito (Parroquia Caraballeda) de la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas. Así se decide.