Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DEL LAPSO DE PRESENTACIONES, de los ciudadanos VICTOR HUGO RAMOS RINCON, quien dice ser de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, nacido en fecha 28 de Diciembre de 1.986, de 22 años de edad, hijo de Esperaza Rincón Niño (v) y de Henry Olivo Ramos (f), titular de la cedula de identidad N° V.-17.491.978, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Victoria parte alta, Avenida 01 con calle 14 casa N° VJ-65 de color verde claro, vía la Tasca el Márquez, a una cuadra de la Panadería la Victoria, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, teléfono 0276-7623689 y JHON JAIR RAMIREZ ZULUAGA, quien.....