DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto contra la decisión de fecha 03 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Circunscripcional, mediante la cual NEGÓ la entrega del vehículo tipo Motocicleta, marca Keeway, modelo Horse KW-150, placa AA7F28E, en virtud que el referido Juzgado en fecha 13-03-2017, negó la entrega del vehiculo al prenombrado ciudadano, el cual se utilizó para la comisión del delito, quedando definitivamente firme la mencionada sentencia conforme al auto de ejecución de pena publicados el 06/04/2017, por el Juzgado Tercero de Ejecución Circunscripcional.
Publíquese. Regístrese. Notifí.....