Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos ANTONIO M. GARCIA PEREZ, de Nacionalidad Venezolana, Natural del Estado Lara, nacido en fecha 10-06-1971, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultura, hijo de ROSAL ELVIRA GARCIA (F) y de RAMON GARCIA NAVARRO (F), con residencio en: Sector San Isidro de Galipan, casa s/n del Sr. Diego Guerrero, Estado Vargas, teléfono: 0412-295-52-05 y titular de la cédula de identidad Nº 13.196.847 y ADRIAN ENRIQUE GOMEZ MORENO, de nacionalidad Venezolana, de 31 años de edad, estado civil casado, residenciado en Sector Dolores de San José de Galipán, Parroquia Macuto, Estado Vargas al lado del comando de la Guardia Nacional y museo de la.....