en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 37, 74 ordinal 4º, 80 segundo aparte y 82 del Código Penal, CONDENA al ciudadano RAFAEL ROJAS SANTAELLA, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 451 del Código Penal Vigente, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.