Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado CARLOS ALBERTO ZAMBRANO LABRADOR, venezolano, natural del Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.467.751, de 32 años de edad, nacido el 26-06-1977, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer y residenciado en Santa Eduviges, calle principal, casa sin número, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 segundo aparte segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CIRA LABRADOR VDA. DE ZAMBRANO,.....