DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada.
- SEGUNDO: en consecuencia SE DECRETA la Medida de Prohibición de Enajenar sobre los derechos y acciones que pueda tener el ciudadano Cesar Román Chacón sobre:
Una finca agropecuaria integrada por 2 lotes de terreno propio con pastos naturales, propios para la cría de ganado, cultivos de frutos menores, barbechos, rastrojos, casa para habitación de paredes pisadas y de cemento armado, techo de tejas, constante de varias piezas dos cocinas, corredores local para ordeño, bebederos, tanque para el riego, servicios sanitarios, baño, y demás anexidades ubicado en el denominado "Los Rastrojitos" y "El Llanito", Aldea Río Arriba del Municipio Vargas, Dis.....