Se Declara Con Lugar la solicitud de la Defensa en cuanto a la LIBERTAD PLENA, del adolescente por el caso de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, ya que no existen testigos, ni fundados elementos de convicción, para demostrar que es el autor o participe de dicho delito de conformidad con lo establecido en el articulo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: En cuanto a lo solicitado por el Ministerio Público de anexar las actuaciones signadas con la nomenclatura WP01-D-2009-58, a la presente causa este Tribunal lo declara con Lugar, por este considerar que existen fundados elementos de convicción, para que se investiguen la presente causa ya que existen acta de entrevista, reconocimiento medico, que pueda determinar la autoría o no del delito denunciado. En consecuencia se Ordena Anexar copias certificadas por secretaria, de las actuaciones relacionadas con la Orden de Aprehensión. Así mismo se Acuerda Oír al adolescente con respecto a ese delito y se.....