DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 19 de Marzo de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETÒ LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano DEGLY JOSE MONTE QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.219.585, la presunta comisión de los delitos de de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal y HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, del Código Penal , por no estar satisfecho el numeral 1 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. .....