En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, donde nació en fecha 11 de septiembre de 1988, de 21 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Diany Curiel y de Pedro Teran, domiciliado en Parte alta de la Guaira el Polvorin casa s/n, de color blanca en la bodeguita la esperanza La Guaira Estado Vargas y titular de la cédula de identidad N° V-18.536.973, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.