PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIA MUDARRA PULIDO en su carácter de Defensora Pública Primera Penal Ordinario en Fase de Proceso de los ciudadanos OSWALDO JOSE CARMONA FEBRES Y GABRIEL JOSE GARCIA VIELMA, titulares de las cédulas de identidad N° (s) V- 22.336.824 y V- 16.726.087, respectivamente, a quien el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en decisión de fecha 10 de Abril de 2012, les DECRETÓ MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3 en relación con el numeral 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251 y artículo 252 del Código Orgánico Procesal Penal, al primero por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 ejusdem, y al segundo por la.....