DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA ocho (08) años, ocho (08) meses y veintitrés (23) días de prisión, impuesta al penado BUITRIAGO ROJAS HAROLD, quien es venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, nacido el 18-08-1979, de 27 años de edad, estado civil soltero, Titular de Cédula de Identidad Nº 15.152.495, mediante sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en fecha 15-12-2005, mediante la cual la condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31, encabezamiento de la Ley Orgánica contra el trafico Ilícito de Sustancias Psicotróp.....