En razón de lo cual, esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE COBRO DE BENEFICIOS, formulada por la ciudadana MARIA ANGELICA MONTAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.985.171, plenamente identificada; En consecuencia, se AUTORIZA a la ciudadana MARIA ANGELICA MONTAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.985.171, para que en nombre y representación de sus hijos los niños. (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.) TRAMITE ANTE CUALQUIER INSTITUCION PUBLICA O PRI.....