DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad  de  la   imputada  SUSANA ROJAS, ya identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los ordinales 1°, 2° y 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue detenida el 7/06/04, por funcionarios adscritos al Comando Antidrogas. Unidad Especial Antidrogas Maiquetía  del   Estado Vargas 
Tercero: ACUERDA la aplicación del procedimiento especial abreviado por flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 372 ordinal 1° y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual se ordena la remisión inmediata de las presentes actuaciones en su estado original al Juez Unipersonal de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
Cuarto: Se asigna como Centro de Reclusión,  el INSTITUTO NACIONAL DE ORIENTACION FEMENINA ( I.N.O.F.)  Con  sede en  Los Teques, Capital del   Estado Miranda, en el cual quedará recluida  la   imputada a la .....