Con base a la motivación precedente este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional del Ejecución de la Penal, requerida favor del penado ciudadano ARTEAGA SUAREZ JEAN CARLOS, de nacionalidad Venezolano, natural de la Caracas, nacido en fecha 31-08-1979, de 29 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Archivista-Mensajero, residenciado en Calle Real de Mare Abajo casa s/n Parroquia Carlos Soublette, Maiquetìa, Estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.260.178, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el 493 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los requisitos contenidos en el articulo 60 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumos de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.