En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado RODRIGUEZ SANTAMARIA PEDRO LUIS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, nacido en la Guaira, Estado Táchira, e identificado con cédula de identidad Nro. V-14.312.432, donde nació en fecha 29-12-1979, de 31 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Chofer y domiciliado en el Urbanización la Marina calle Pañera, casa N° 1, Catia la Mar Estado Vargas, por cumplimiento de la pena SEIS (06) AÑOS SEIS (6) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, AMBOS EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 Del Código Penal y 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor.