Por los razonamientos expuestos anteriormente, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, instauró el ciudadano JOSÉ OMAR UMAÑA SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, ingeniero, titular de la cédula de identidad Nº V-4.627.891 y de este domicilio, en su carácter de PROPIETARIO, contra la ciudadana GLORIA FERNANDA MÁRQUEZ RENZA, extranjera, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-80.789.430 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIA.
De conformidad con lo pautado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 251 eiusdem, notifíquese a las partes.
Publíquese, regístrese y dé.....