REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA DE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- Maiquetía, (13) de junio del año dos mil seis (2006).
196° y 147°
Recibido el UCI-1149-2006, emanado de la Dirección de Gestión Económica, Unidad de Catastro e Inmueble, en el cual se señaló que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, presentada por el (a) los (as) ciudadanos (as) JOSE EDUARDO MONIZ OLIVEIRA, mayor (es) de edad, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Nro (s) V-6.465.344, es propiedad de Municipio Vargas, según documento registrado en la oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Federal, anotado bajo el Nro. 212, folio 41, adicional 2do trimestre de 1937, de la HACIENDA JUAN DIAZ (CARABALLEDA), e instruida como ha sido la misma, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, la declara TITULO SUPLETOR.....