PRIMERO: CONDENA al ciudadano ROMULO OBELLEIRO RODRIGUEZ CABRERA, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 12-04-59, de 49 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio agente aduanal, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.576.857, hijo de ADELA DE CABRERA (V) y RAFAEL RODRIGUEZ (V), residenciados en la Avenida la Costanera, Urbanización El Palmar Este, Caraballeda Estado Vargas. A cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, quedando la pena para este delito en ese quantum. Asimismo se condena a la pena accesoria establecida en el artículo 25 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, la cual establece "A los penados por los hechos de violencia previstos en esta ley se le impondrá también como obligación participar en los programas de educación y prevención que sean aconsejables a juicio del personal profesional y de especialistas que intervengan en el proceso, es decir en tratamiento Psiquiátrico y de terapia familiar.
SEGUNDO: Se exonera de l.....