"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos ANDRES AVELINO CARDENAS MORA, ROSALBA LABRADOR ZAMBRANO, ROSANGELA CARDENAS LABRADOR y DANIEL ALEJANDRO GUERRERO ROJAS, venezolanos, solteros, titulares de la cedulas de identidad N° V-9.353.284, V-12.846.160, V-24.337.885 y V-24.355.838 en su orden respectivo, domiciliados en el Sector Micro-Parcela vía el Esfuerzo de Municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente hábil, firmado en fecha 04 de marzo de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), del día de hoy viernes catorce (14) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Se .....