PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del imputado MIGUEL ANGEL CARDENAS VASQUEZ,SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS ofrecidas por el Representante del Ministerio Público referidas a: Testimoniales de: Wilmer Salvatierra; Rodolfo Camargo, Alfredo Cáceres, Gerardo Alcedo, Kennie Escalante, Juna Martínez, José Villafañe, Rafael Carrero, José Sandoval, franklin Alexander Salas, Pedro José Delgado, Heidi Marlene Colmenares de Cárdenas, Rafael Orlando Cárdenas, Gerson Villamizar, Yadira Guerrero de Angarita; por ser lícitas, legales, pertinentes y necesarias de conformidad con el ordinal 9° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: DECRETA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al acusado MIGUEL ANGEL CARDENAS VASQUEZ, venezolano, natural de San Antonio del Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-11.110. 471, de 34 años de edad, nacido en fecha 31-01-1.971, de profesión u oficio vigilan.....