OTORGA  la medida de DESTACAMENTO DE TRABAJO, al ciudadano MAYRA VANESA OCHOA MIRANDA, quien es de nacionalidad Ecuatoriana, natural de guayaquil, Ecuador,  fecha de nacimiento 07-07-1979, de 24 años de edad, estado civil soltera, Bachiller en Informática,  con pasaporte N° S.P98078, residenciado en el Barrio Coromoto Callejón Yepez, N° 142, San Martin Caracas,   de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 501 encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar en  el Centro de Tratamiento Comunitario que designe la Coordinación Regional del Zulia, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria del  Beneficio otorgado.