DECLARA:
SE DICTA SENTENCIA Y SE DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por la ciudadana: ELOINA FELISA PLACENCIA, contra el ciudadano: DIONISIO PÉREZ GARCÍA, ambos plenamente identificados en autos;
SEGUNDO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN interpuesta por la parte demandada DIONISIO PÉREZ GARCÍA, en su escrito de contestación a la demanda, presentado en fecha 20/12/02;
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA, por haber resultado totalmente vencida en la presente litis, de conformidad a lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Por cuanto la presente decisión se dicta fuera del lapso legal para ello, se ordena la notificación de las partes conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem.
QUINTO: Una vez quede firme la presente decisión, se fijará por auto separado la oportunidad del Acto de Nombramiento de Partidor, conforme l.....