CONFIRMA la decisión dictada en fecha 26 de Diciembre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 numerales 1º, 2º y 3º, en relación con los numerales 1º, 2º, 3º y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la ciudadana YULEIMA JOHANA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V 14.394.96, por la presunta comisión del delito de AYUDA DE FUNCIONARIO PUBLICO EN LA EVASIÓN, previsto y sancionado en el artículo 265 del Código Penal. Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el recurrente de autos.