Decisiones del dia 18/07/2006
N° Expediente :
0952
N° Sentencia :
508-2006
Fecha: 18/07/2006
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario
Partes: RECURRENTE: CONSTRUCTORA MAYILCA, C.A; RECURRIDO: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Resumen:
1. SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por el ciudadano Roberto Antonio Cova Medina, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4141, actuando en su carácter de apoderado especial de la firma mercantil denominada "CONSTRUCTORA MAYILCA, C.A." inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, bajo el N° 42, Tomo 4-A, de fecha 11-03-1999, identificada con el Registro de Información Fiscal N° J-30167085-0, contra la Resolución GJT/DRAJ/2005/114, de fecha 29/04/2005, por omisión y diferencias en declaraciones de Impuesto al Consumo
Juez/Ponente:
Ana Beatriz Calderón Sánchez
Organo:
Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región los Andes
N° Expediente :
1384
N° Sentencia :
Fecha: 18/07/2006
Procedimiento: Procedimiento De Intimacion
Partes: DEMANDANTE: JOSÈ LOGGIDICE SOSA - DEMANDADA: CONSTRUCTORA MARCUZZI C.A. (COMARCA), EN SU CONDICIÒN DE DEUDORA Y ACEPTANTE EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL CIUDADANO RENATO MARCUZZI MARCUZZI
Resumen:
En tal virtud por cuanto la demanda reúne los requisitos exigidos por el artículo 640 ejusdem, este Tribunal de conformidad con el artículo 588 ordinal 1° del citado Código, decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la demandada CONSTRUCTORA MARCUZZI C.A. (COMARCA), hasta cubrir la suma de VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 21.226.500,00), que corresponde al doble del monto demandado más los honorarios profesionales que fueron calculados por el a quo en el auto de fecha 23 de septiembre de 2004.
En caso de que el embargo recaiga sobre suma líquida y exigible de dinero, sólo podrá practicarse la medida decretada hasta el monto demandado más los honorarios profesionales, es decir, la suma de ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 11.792.500,00).
Juez/Ponente:
Jeanne Lisbeth Fernández
Organo:
Juzgado Superior Cuarto Civil, Mercantil, Transito, Trabajo, de Protección del Niño y el Adolescente, Agrario y Bancario
N° Expediente :
764-00
N° Sentencia :
Fecha: 18/07/2006
Procedimiento: Aumento De Obligación Alimentaria.
Partes: DEMANDANTE: MAYRA YELITZA AGELVIS DEMANDADO: GERARDO RAMÓN GONZÁLEZ JAIMES
Resumen:
DECLARA: PRIMERO: La Confesión Ficta del demandado, ciudadano GERARDO RAMÓN GONZÁLEZ JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.992.354, domiciliado en San Antonio del Táchira. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA formulada por la ciudadana AGELVIS MAYRA YELITZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-12.416.495, actuando con el carácter de madre de la niña (Se omite el nombre)., contra el ciudadano GERARDO RAMÓN GONZÁLEZ JAIMES, mayor de edad, venezolano titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.992.354.
TERCERO: Se ajusta la obligación alimentaria que el ciudadano GERARDO RAMÓN GONZÁLEZ JAIMES, antes identificado, aporta y que actualmente es la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs.60.000,oo) mensuales, a la cantidad de Ciento Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro Bolívares con Setenta Céntimos (Bs. 174.494.70) mensuales y adicionalmente una cuota extraordinaria por la cantidad d.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Gafaro Pernia
Organo:
Juzgado del Municipio Bolivar
N° Expediente :
36.074
N° Sentencia :
Fecha: 18/07/2006
Procedimiento: Divorcio Ordinal 3°
Partes: JEFFERSSON ENRIQUE FRANCO DUARTE
Resumen:
DECLARA CON LUGAR la demanda presentada por: JEFFERSSON ENRIQUE FRANCO DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.071.508 en contra de: KENNY YONEILA RAMIREZ LIZCANO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.045.205. En consecuencia, queda disuelto por divorcio en base al artículo 185, ordinal 3º del Código Civil, es decir por injuria grave que hace imposible la vida en común, el vinculo matrimonial contraído por ellos en acto celebrado en fecha 30 de Mayo de 2003, por ante el Prefecto de la Parroquia El Cantón del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas, según acta Nro. 36. Y ASI SE DECLARA. En cuanto a la Patria Potestad sobre la hija, así como su Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentaria, se regirá por lo estipulado por las partes en los respectivos cuadernos separados y abiertos al efecto en el presente procedimiento. Notifíquese a las partes.
De conformidad con el artículo 506 del Códig.....
Juez/Ponente:
Gladys Jazmin Rivas Parada
Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y del Adolescente