"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos LEIDYMAR ESTEFANIA RINCON DIAZ, ELDA CECILIA SEMPRUN DE RINCON, FREDDY MARTIN RINCON BOSCAN y HEIDY DEL CARMEN PEREZ MORA, venezolanos, segunda y tercero casados, los restantes solteros, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-20.167.144, V-9.192.875, V-7.895.132 y V-13.940.084, en su orden respectivo, domiciliados en Coloncito, municipio Panamericano del estado Táchira y civilmente hábiles, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio LUIS EDGAR JAIMES MEDINA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-13.939.966, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 308.596, firmado en fecha 13 de marzo de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la.....