ADMITE el recurso de apelación interpuesto por Abogada LILIANA GUERRA COLMENARES, en su carácter de Fiscal Provisorio Cuarta del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de octubre de 2014, por el Juzgado Primero de Violencia en función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual le IMPUSO a los ciudadanos GARCIA GOMEZ ENDERSON RAFAEL, titular de la cedula de identidad N° V-22.278.774 y FIGUEROA VARGAS JECKSON ANDRES, titular de la cedula de identidad N° V-22.279.217 las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, contenidas en los numerales 3 y 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana RIVERA ARILES YIRLENIS CONSUELO; asimismo, declaró IMPROCEDENTE .....