ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del derecho FRANZULY MARIN APONTE, en su carácter de defensora del imputado GIL MARRERO MAIKEL ENRIQUE, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Enero de 2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, en relación con los numerales 1°, 2°, 3° y parágrafo primero del artículo 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.