En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara REDIMIDA la pena al ciudadano VICTOR RODOLFO CHAVERRA PALACIOS, quien es de nacionalidad colombiana, natural de Santa Maria, natural de Santa Maria, donde nació en fecha 14-05-1964, de 43 años de edad, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad Nº 4.795.371, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de DOS (02) MESES Y SEIS (06) DIAS.