DECRETA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA, de la ciudadana HILDA MARIA MONROY, arriba identificada, quien fuese condenada por la Corte de Apelaciones de éste Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código Penal.