Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del ciudadano GUSTAVO EFRAIN TREMARIA OROPEZA, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, titular de la cédula de identidad V-20.191.214, de profesión u oficio Herrero, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 30-05-1988, estado civil soltero, residenciado en Sector Naicure, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, ello en virtud de una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesta a la prenombrada penada, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos: