Se Declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD incoada por los ciudadanos ROMER JOSÉ FERNÁNDEZ y PEDRO RAFAEL SALLA, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.470.315 y V.-11.644.302 contra los ciudadanos ELVIA ANTONIETA, GLORIA AGUSTINA y PEDRO JOSÉ GIANVINCENZO IRIARTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-8.175.993, V.-9.993.860 y V.-11.643.512, en consecuencia, téngase a los ciudadanos ROMER JOSÉ FERNÁNDEZ y PEDRO RAFAEL SALLA, ya identificados, como hijos del ciudadano PIETRO DI GIANVICENZO TARQUINO (fallecido). Así se establece.
SEGUNDO: Dada a naturaleza de de la acción, no hay condena en costas. Así se establece.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.