"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del documento privado de Partición Amistosa de venta celebrado por los ciudadanos JESUS MARIA GARCIA ROA, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.793866, domiciliado en Caño Amarrillo, Parroquia Bocono, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, civilmente hábil; JUANA AURORA GARCIA ROA, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.429.494, domiciliada en Valencia, Estado Carabobo y civilmente hábil; y CECILIA BECERRA DE GARCIA, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.023.133, domiciliado en Caño Amarrillo, Parroquia Bocono, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, civilmente hábil, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia se HOMOLOGA la negocia.....