Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos HENRY RAFAEL VELASQUEZ LEÓN, HUGO ENRIQUE VELASQUEZ LEÓN, CESAR ARMANDO VELASQUEZ LEÓN, HAYDEE JOSEFINA VELASQUEZ LEÓN E IRMA ESPERANZA VELASQUEZ LEÓN, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.890.032, V-1.453.184, V-1.456.392, V-4.120.918 y V-4.116.390, respectivamente, con respecto a su causante LUIS ARTURO RAMIREZ LEÓN, ello dejando a salvo el derecho de terceros.