DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: Se IMPONE MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano IULIAN BARBIERU, de nacionalidad rumana, nacido en Bucarest, Rumania, el día 08-01-1976, de 32 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio panadero, hijo de NICULAE (v) y de FLORENTA (F), Titular del pasaporte signado con el Nº 15009681, residenciado en: C/AMURGULUI MM.8, BL, 4 SC.1, ET 2 APT 51, SECTOR 5, BUCARESTde conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación lo dispuesto en los numerales 1, 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251 eiusdem por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIA.....