SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado HECTOR INSIGNARES, en su carácter de Defensor Público Décima Sexto Penal del ciudadano WILMER ALFREDO BALZA RAMÍREZ, (INDOCUMENTADO), en contra de la decisión dictada en fecha 18 de febrero de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al referido ciudadano, en la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, numeral 6 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano HERRERA CASTELLON ORELVIS ALEXANDER, USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado con el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.