Con base a la motivación precedente, este Juzgado de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA al ciudadano penado JOSE ALBERTO MENDEZ CHIRINO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, encontrándose en una situación Jurídica civil e indocumentado, soltero, con fecha de nacimiento 09-02-1991, pintor, hijo de Gilberto Reyes y Hortensia Chirinos, residenciado en Camurí Grande, casa s/n, vecindad Los Tamanacos, Naiguatá, estado Vargas, el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, referida al RÉGIMEN ABIERTO, al no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal(hoy derogado).