DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: Se IMPONE MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la ciudadana ANDREA BRISSETT RINCON FLORES, titular de la cedula de identidad Nº V.-19.033.661, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural del Táchira, nacida en fecha 03-04-1989, de 21 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante, hija de JOSE RINCON (V) y de AURORA FLORES (V), con residencia en: Rubio, Estado Táchira, Parte Alta, los bloques, Casa s/n, Color Azul, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación lo dispuesto en los numerales 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251eiusdem por .....