DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano JOSE LUIS GUTIERREZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V-20.905.204, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 30-09-1991, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Latonero, hijo de Jorge Luis Gutiérrez (v) y Ricarda Salazar (v), residenciado en: Subiendo a la esperanza, edificio de los policías, apartamento 53-B, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, teléfono: 0412-390.2922, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 455 en relación con el artículo 80, ambos del Código Penal cometidos en las circun.....