PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la demanda presentada por los ciudadanos: ROBERTO SUAREZ VARGAS, GUILLERMO ALFONSO SUAREZ VARGAS. Y ZOBEIDA ANTONIA SUAREZ DE ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V.- 4.112.330, V.-4.112.331, y V.- 5.125.449, correspondientemente, domiciliados en Colon, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, y hábiles. En la que piden a este Tribunal declare la existencia de la Reconciliación de hecho y existencia de la comunidad conyugal de sus padres quienes en vida respondían a los nombres de JOSE ROBERTO SUAREZ quien fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 1.520.994, y la señora MARIA ANTONIA VARGAS de SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 8.092.673, ambos domiciliados en san Juan de Colon, Municipio Ayacucho del estado Táchira, demandando a tal efecto a la ciudadana LADI YANEY SUAREZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° v.-.....