Se dicto decisiòn fundada en al cual este Tribunal ordena que la presente causa seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, sea llevado por la via del procedimiento ordinario por la presunta comisiòn del delito de Porte Ilicito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Còdigo Penal, y la aplicaciòn de las medidas cautelares de los literales B, C y F del art`culo 582 de la Ley Orgànica para la Protecciòn del Niñoi y del Adolescente.